miércoles, abril 30, 2008

Mujeres maltratadoras

El Foro de Intereconomía Diario Independiente de Información General.

 

Nº 580 - Miércoles 30 de Abril de 2008

 

http://elforo.intereconomia.com/images/stories/Portada_PDF/2008/04/elforo300408.pdf

 

Manuel Molares do Val

 

Usted conoce sin duda a algunas mujeres que maltratan y humillan a su marido, novio o amante, aunque sean muchos menos casos que los de la violencia de los hombres contra las mujeres.

Las estadísticas dicen que alrededor de un diez por ciento de la violencia doméstica tiene como víctimas, también mortales, a los hombres.

 

La cifra real debe ser mayor porque el hombre no suele admitir debilidad ante los jueces. Pero de mujeres maltratadoras físicas y psicológicas no puede hablarse: resulta machista.

 

Aunque una famosa abogada madrileña especializada en conflictos de pareja reconoce ante sus amigos, entre ellos este cronista, que bastantes denuncias por malos tratos que ella presenta obedecen sólo a los intereses económicos o de cambio de pareja de la supuesta víctima.

 

La decana de los jueces de Barcelona, María Sanahuja, ha advertido que desconfía frecuentemente de mujeres que, aprovechándose de la alarma que crean los verdaderos maltratadores, buscan beneficiarse acusando a hombres inocentes.

 

El Consejo Económico y Social de Madrid (CES) elaboró recientemente un informe redactado por

una mujer, Tatiana Torrejón, titulado "Tratamiento de la violencia de Género en España y en la Comunidad de Madrid" en el que advertía la existencia de numerosos casos de denuncias falsas o inducidas por abogados que saben que en prácticamente todos los casos el hombre será menos escuchado por los jueces que la mujer.

 

Y qué remedio para esos jueces: la denuncia de la decana barcelonesa fue contestada por decenas de organizaciones del feminismo militante acusándola de machista, mala jurista y traidora a la mujer.Tatiana Torrejón también quedó marcada y su informe fue retirado por la propia CES a la vista de las violentas reacciones feministas: algunas de las supuestas maltratadas amenazaron con pegarle una buena paliza.

martes, abril 29, 2008

Resumen de diversos artículos


Juntos pero no revueltos: la custodia compartida en el nuevo art. 92 CC
  La Ley 15/2005, de 8 de julio, permite expresamente que los cónyuges acuerden la custodia compartida en caso de crisis matrimonial. Como novedad, la Ley 15/2005 introduce la posibilidad que el juez la acuerde a instancia de una de las partes. Este trabajo analiza los fundamentos tanto legales como económicos de esta figura, ya que, lejos de ser una solución marginal, nuestros tribunales la aplican efectivamente, muestra de ello es la SAP Barcelona, Civil, Sec. 18ª, 20.2.2007.

ESCUELA DE SEPARADOS
  Cada lunes, los miembros de la Asociación de Padres de Familia Separados de Sevilla (Apfs) se reúnen en el Centro Cultural Ateneo Andaluz de Dos Hermanas (calle Chapi s/n) para difundir el valor que la figura paterna tiene en el desarrollo psicosocial de su hijo, que raras veces se demuestra en el ámbito judicial.Demandan igualmente la construcción de centros de acogida para hombres maltratados, y el establecimiento de pisos de acogida para hombres obligados a abandonar el domicilio conyugal por sentencia judicial de separación. Advierten de que la mayoría superan la edad para acceder a ayudas para la vivienda y que las opciones de un piso de alquiler por sorteo es reducida. «Según Emvisesa, mi nivel de ingresos es demasiado elevado, pero lo son más aún mis gastos. A la pensión de alimentos, hay que sumarle el pago del 50% de la hipoteca de una vivienda que se le otorga en régimen de usufructo a la que fuera mi pareja, más el del alquiler de mi vivienda actual. Si Emvisesa considera mis ingresos elevados para subvencionarme, los bancos, mucho más realistas, me excluyen como cliente hipotecario por considerarme incapaz de cumplir con los pagos de cualquier préstamo», relata un padre separado.

No existe un cuadro clínico para víctimas de abuso
  Josep Ramón Juárez (Girona, 1965) es psicólogo forense del Servicio de Asesoramiento Técnico y Atención a las Víctimas (SATAV). Su trabajo sirve para evaluar si una denuncia por violencia o abuso sexual es creíble. Participó en el II Congreso Nacional de Psicología de Oviedo en un momento en el que se multiplican los casos de violencia de género.

Hoy, un cachete puede sentar a quien lo dé en el banquillo.
  El abuelo que golpeó el lunes a su nieto a la salida del colegio recuperó apenas 24 horas después la guarda y custodia del menor. Fuentes judiciales afirman que el juez no solicitó ninguna medida cautelar contra F.R.J., de 65 años, que pudo ir a recoger ayer a su nieto al colegio Algafequi. Como cada día. El paréntesis que separa el mediodía del lunes al miércoles por la tarde comienza con la algarabía de los niños a la salida de clase. Son las dos. F.R.J., que comparte con su esposa la custodia de su nieto de 6 años desde que sus padres se separaron, espera a las puertas de este centro en la Fuensanta. El niño sale en estampida, según relata el padre del menor e hijo del que fue detenido, Rafael R., mientras que su profesora le riñe por haber tirado algo. Por eso, "su abuelo le dio el primer cachete, así con la mano", dice mientras hace el gesto como de dar una torta. "Entonces, el niño se tiró al suelo y mi padre intentó cogerlo, un gesto que fue interpretado mal por los agentes, que vieron patadas donde no hubo nada", afirma. También insiste en que hay muchos testigos y que no entiende por qué su familia ha salido en los periódicos.

Una protesta vecinal evita que la Junta retire la custodia de dos menores a una familia de Sevilla
  Los servicios de la Junta debían recoger esta mañana a los niños, al considerar que la familia de acogida no reunía los requisitos necesarios para su cuidado.

Malos tratos y divorcio. (L. Zarraluqui)
  9 minutos de un interesante punto de vista

El divorcio de los hijos
  No pretendo afirmar que el divorcio sea perjudicial por sí mismo. Creo que la hipocresía, el resentimiento o el fracaso conyugal de una familia aparentemente unida pero rota por dentro puede ser tan o más dañino que la separación. Lo que considero muy perjudicial en los divorcios con hijos es que éstos se conviertan en el campo de batalla en el que sus padres desangran rencores, orgullos, revanchas emocionales y otras porquerías. Dicen algunos sociólogos que los divorcios aumentan igual que nuestra costumbre de no reparar los aparatos que se nos estropean; cambiamos de pareja como de móvil, coche o lavadora, desestimando la posibilidad de recomponer nuestras relaciones, como si pudiéramos evitar la presencia de nuestro 'ex' en nuestros hijos

Hay mucho más maltrato a niños que a mujeres
  Y en realidad hay más maltrato a los niños que a las mujeres. Una mujer puede denunciar pero un crío no sabe cómo hacerlo o no puede. Se habla mucho de adolescentes que maltratan a sus padres pero no  confundamos: hay más padres que maltratan a hijos que hijos que pegan a sus padres. Estos casos, aunque son más espectaculares, son minoritarios.

Divorcio ¿Comó afecta a los hombres?
  Casa, hijos, economia.

Debate en "Derecho a Juicio" de Tribunal TV sobre violencia de género
  Interesante debate sobre violencia de género en Tribunal TV con la genial intervención de Francisco Zugasti, presidente de ProJusticia y luchador incansable por la Custodia Compartida.
Intervienen Carmen Roney (ADAMUVIC), Rodrigo Gavilán (Confederación Española de Policía), Covadonga Naredo (Mujeres progresistas) y Francisco Zugasti (Projusticia). www.projusticia.es


domingo, abril 27, 2008

Maltrato infantil y Ley de Violencia de Genero

 Hay mucho más maltrato a niños que a mujeres

 

La Administración es «muy lenta» a la hora de retirar custodias, afirma el experto

 

http://www.elcorreodigital.com/alava/20080427/pvasco-espana/mucho-maltrato-ninos-mujeres-20080427.html

 

27.04.08 - M. J. TOMÉ

 

Javier Urra, psicólogo de la Fiscalía del menor, da fe de que «el maltrato a la infancia existe, y en mayor medida de lo que parece».

-Cuesta creer que haya padres que lleguen a maltratar a sus hijos hasta matarles.

-Muchos casos son consecuencia de la droga o el alcoholismo. Otras veces no hay maltrato consciente pero sí una grave dejación: los padres van al bingo y el niño, que está solo, prende fuego a la casa. Y otros casos obedecen al puro nerviosismo, al estrés. Padres o madres sin apoyo, con muchos problemas, que en un momento de desesperación cogen al niño lo estampan contra la pared.

-¿No hay mecanismos para detectar a tiempo estas situaciones?

-Tenemos la idea de que ser padre da muchos derechos sobre los hijos, que la patria potestad es un seguro. Y yo creo que no. Un padre debe ser padre hasta que demuestre que no lo es. Se tarda mucho en retirar la tutela a un hijo cuando ya ha maltratado a su hermano mayor.

-¿Qué falla?

-Si un hombre maltrata a una mujer, se le imponen medidas de alejamiento. Yo creo que cuando a un niño se le rompe una clavícula y el médico nota que ha sido por la fuerza y al poco tiempo tiene otra lesión... hay que sacar a ese niño de la familia. Lo que no puede ser es que haya padres que maltraten a un hijo, a los dos años a su hermano y todavía dudemos de si les retiramos la custodia del tercero. Ahí somos muy lentos y dejamos que haya muertes o lesiones irreversibles en los pequeños que no aparecen en la estadística.

-Se habla mucho del maltrato a las mujeres pero el que sufren los niños queda en segundo plano.

-Y en realidad hay más maltrato a los niños que a las mujeres. Una mujer puede denunciar pero un crío no sabe cómo hacerlo o no puede. Se habla mucho de adolescentes que maltratan a sus padres pero no confundamos: hay más padres que maltratan a hijos que hijos que pegan a sus padres. Estos casos, aunque son más espectaculares, son minoritarios.

-¿Hay lagunas en el aspecto legal?

-No, no, el problema está en la toma de decisiones. Las comunidades autónomas tienen la capacidad de retirar la tutela de forma automática, no hace falta que un juez vea el caso. La ley es clara: si hay indicios de malos tratos, hay que retirar la tutela inmediatamente. Después ya habrá tiempo de comprobar los hechos. La segunda parte es: ¿Hay que devolver el niño a los padres, hay que dejarlo con otros familiares, darle en acogimiento? Ahí es donde la Administración duda, en el convencimiento de que donde mejor puede estar un hijo es con sus padres. Y no siempre es así. Unos porque están perturbados y otros porque, sencillamente, no les quieren.

-Suena terrible.

-Pero es verdad. En esos casos hay que retirar inmediatamente al niño de este hogar para salvarle la vida.

-¿Hay padres perversos?

-Sí, hay casos increíbles. Padres que dan pastillas a sus hijos, les meten la mano en el microondas, les inyectan heces, les queman con cigarrillos, les clavan alfileres... Cualquier médico de urgencias conoce algún caso.

 

 

Josep Ramon Juarez, Psicologo forense del Servicio de Asesoramiento Tecnio y Atencion a las Victimas (SATAV)


No existe un cuadro clínico para víctimas de abuso

 

El experto evalúa las denuncias en casos de violencia para determinar si son creíbles

 

http://www.elcomerciodigital.com/oviedo/20080427/oviedo/existe-cuadro-clinico-para-20080427.html

 

27.04.08 - C. MURIAS

 

Josep Ramón Juárez (Girona, 1965) es psicólogo forense del Servicio de Asesoramiento Técnico y Atención a las Víctimas (SATAV). Su trabajo sirve para evaluar si una denuncia por violencia o abuso sexual es creíble. Participó en el II Congreso Nacional de Psicología de Oviedo en un momento en el que se multiplican los casos de violencia de género.

-¿Cómo se analiza si una persona ha sido víctima de malos tratos?

-Se analizada las secuela, el daño psicológico y los trastornos que puedan evidenciar que ha sucedido un hecho violento. El problema es establecer el nexo causa entre el daño y las secuelas, es decir, corroborar que estrés postraumático se debe al caso de violencia y no a otra cosa.

-¿Y han tenido casos de denuncias falsas de malos tratos?

-No muchos pero alguno si.

-¿Cómo miden si alguien miente?

-Siempre hay detalles que disminuyen la credibilidad y diferencian entre una persona que ha vivido una situación y alguien que la está recreando, aunque que el hecho sea creíble no implica que se haya o no producido. La máquina de la verdad no existe. Sólo se le da al juez un arma para que imparta justicia.

-¿Qué elementos priorizan?

-Que no existan contradicciones, manipulación o perversidad y que el dolor esté relacionado con la vivencia real. Hemos elaborado un discurso sobre cómo fabularíamos una vivencia traumática. Si el discurso está elaborado, la narración carecerá del peso de ciertos detalles como la simetría de poder, el control del agresor o lo que llamamos 'microviolencia', detalles muy específicos que si no son reales pueden contradecirse con otras declaraciones.

-¿Se han equivocado alguna vez?

-Los psicólogos difícilmente vamos a dar como válido un relato ficticio. Es más posible que no esté tan claro si es real. Somos muy estrictos para evitar que un inocente entre en la cárcel.

-¿Las víctimas de agresión tienen el mismo cuadro psicológico?

-No existe ningún tipo de cuadro general clínico que represente los síntomas de una persona que ha sufrido abuso sexual, violencia o 'bulling'. Depende de cada persona y su capacidad de resiliencia, es decir, de elaborar y sistematizar el evento traumático.

-¿Por qué algunas mujeres maltratadas siguen con su agresor?

-En la violencia de género existe una parte de dependencia emocional porque existe la sensación de que el agresor puede arrepentirse y cambiar. Y el agresor mismo lo cree así muchas veces.

-Y esto no es así.

-No voy a excusar al agresor pero suelen tener un tipo de trastorno causado por una baja tolerancia a la frustración que hace necesario trabajar con él. El proceso más típico de una agresión es el analizado por la profesora Walker sobre el ciclo de la violencia. Tras la explosión, el agresor vive una fase de arrepentimiento, una luna de miel de reconciliación y, nuevamente, una baja tolerancia a la frustración que vuelve a generar implosión y violencia.

-¿Es más difícil trabajar con niños víctimas de abuso sexual que con estos adultos?

-Al revés. Un adulto tiene la capacidad de ocultar la verdad. Los niños tienen menos recursos para ocultar el hecho real o inventar. Lo más importante con los niños es la entrevista. Hay que tener mucho tacto para contaminar lo menos posible y no introducir en su cabeza información externa.

 

 

sábado, abril 26, 2008

"Asociaciones familiares y de padres separados denuncian que los hombres quedan en "situacion precaria" tras un divorcio

 
Muchos viven en casa de familiares por motivos económicos
 
MADRID, 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

   Asociaciones familiares y de padres separados aseguraron hoy que la mayor parte de los hombres separados se encuentran en una situación económica "precaria", con una media de 350 euros mensuales, a causa de las aportaciones que deben realizar a sus ex mujeres y a sus hijos y pidieron "la custodia compartida y la liquidación de los bienes gananciales tras una ruptura".

   El presidente de la Asociación Nacional de Padres Separados, Juan Luis Rubio, aseguró que "el 72 por ciento de los separados que forman parte de la asociación viven con sus padres o con un familiar a causa de su situación económica". Según dijo, "calculamos que el porcentaje es similar entre los demás separados".

   Rubio señaló en declaraciones a Europa Press que "tras una separación, para un hombre es un lujo contar con 1.000 euros al mes tras los desembolsos que tiene que realizar", mientras que muchos  separados "cuentan con 300 o 400 euros al mes", afirmó, "y no son las situaciones peores". "Hay alrededor de 1,8 millones de personas separadas en España, entre hombres y mujeres", señaló.

   Rubio aseguró que "la separación es la única situación en la que la Justicia consiente que un hombre se quede sin nada de su salario desde el primer día del mes" por los pagos que tiene que realizar. Tras una separación, "alrededor del 30 por ciento del salario del ex marido se destina al pago de la pensión de alimentos para sus hijos, cerca del 50 por ciento se destina a la ex esposa y además hay que pagar la hipoteca" de la casa en que residen madre e hijos.

   En todo caso, los hombres que se acercan a la Asociación Nacional de Padres Separados lo hacen principalmente porque "no pueden ver a sus hijos o no se cumple el régimen de visitas". La asociación "pide a sus socios que paguen lo que les corresponde aunque no vean a sus hijos", afirmó Rubio.

   El presidente de la Asociación Nacional de Padres Separados afirmó que "estos problemas se solucionarían con la custodia compartida de los hijos y la liquidación de los bienes gananciales tras una separación". Con la aplicación de la custodia compartida, "ninguno de los progenitores paga pensión y cada uno se hace cargo por igual de la custodia de los hijos".

   Por su parte, el presidente del Instituto de Política Familiar, Eduardo Hertfelder, señaló que "se hace ver que una ruptura familiar no tiene ningún coste psicológico ni material", pero "la realidad es que el marido, en muchas ocasiones, tiene que mantener con el mismo sueldo dos viviendas". Para Hertfelder, "debería realizarse un reparto equitativo de las cargas y distribuirlas según el dinero de ambos cónyuges".

   El portavoz de la Confederación Estatal de Padres y Madres Separados, Fernando Basanta, señaló en declaraciones a Europa Press que "no existen datos sobre cuántos separados están pasando por una mala situación económica". Basanta refirió a Europa Press el caso de "un hombre de origen extranjero que gana 1.370 euros al mes, de los que debe pagar 850 euros de hipoteca y 300 euros de pensión, por lo que debe vivir con 220 euros". Otro caso es el de "un hombre que debía vivir con 150 euros al mes", por lo que se trasladó con sus padres.

 

DECLARACION DE MEXICO 2006

Ier.Congreso Internacional de Familia

 

                               "VIVIR EN FAMILIA ES UN DERECHO"

     Declaración de México 2006.

                      

VIOLENCIA FAMILIAR Y MALTRATO INFANTIL.

1.      Es importante resaltar que los hijos no deben sufrir las consecuencias de la separación o divorcio de sus padres, ya que la pareja es la que escoge la situación, responsabilizándose de las consecuencias, no terminando nunca la relación con los hijos. Por ello, debe evitarse la manipulación de los hijos para crear odio o rencor hacia alguno de los progenitores; es decir, la ALIENACIÓN PARENTAL. Estas egoístas, vengadoras y maliciosas acciones por parte del pariente alienador (que es responsable de las manipulaciones y el lavado de cerebro) es considerado como una forma de abuso de menores y las tácticas de alienación usadas en los niños son la perturbación, la confusión y muy frecuentemente el temor y el robo a los niños de su sentido de seguridad y resguardo.

2.      Este concepto fue aprobado por unanimidad en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial el 6 de septiembre de 2004, se aplica en la Ciudad de México y  esta vigente y forma parte del Código Civil para el Distrito Federal:

Artículo 411.-Quien ejerza la patria potestad, debe procurar el respeto y el acercamiento constante de los menores con el otro ascendiente que también ejerza la patria potestad. En consecuencia, cada uno de los ascendientes deber evitar cualquier acto de manipulación, alienación parental encaminada a producir en la niña o el niño, rencor o rechazo hacia el otro progenitor.

3.      Se hace del conocimiento que a partir de 2006 diversas asociaciones de padres de   Estados Unidos y algunos  países de Europa, ante el Parlamento Europeo en Ginebra, Suiza, se proclamaron para que el 25 de abril de cada año sea el Día de la Prevención de la Alienación Parental, mismo que fue fijado para ayudar a tomar conciencia acerca de este creciente problema de abuso mental y emocional de los menores, vivido principalmente en casos de separación y divorcio.

4.      El objetivo del Día de la Prevención de la Alienación Parental es hacer que los jueces, la policía, los psicólogos, psiquiatras, abogados, así como también amigos y la familia de las personas que abusan de sus hijos, mediante tácticas de alienación, estén prevenidos de este creciente problema y de las formas de abuso. Con la prevención viene la educación, la conciencia del problema, y con ello, es posible enfrentar el abuso de los inocentes menores atrapados en conflictos que tiene la gente a la que ellos aman y que a largo plazo le provocarán una alienación social, produciendo patologías agresivas y destructivas.

     

Por lo descrito anteriormente, debemos vincularnos en proyectos conjuntos con nuestras autoridades, ministerios de familia, instituciones públicas y privadas con las organizaciones de la sociedad civil para que se legisle, se instrumente y establezcan políticas públicas con perspectiva de familia que beneficien permanentemente las necesidades de la base de la sociedad y coadyuven al cumplimiento de los derechos de los niños de vivir en familia, que propicien el respeto y la dignidad del menor, dentro de un ambiente de amor y bienestar social.

 

 La Declaración de México 2006,  está sujeta a ratificación en la próxima conferencia a ser realizada en  Argentina ó bien en España.

 

Todos los interesados podrán promover los beneficios de la presente Declaración de

México 2006, a niveles locales y mundiales, a través de los conferenciantes, ponentes y representantes de los países que participaron:

 

Dra. Mercedes Ladereche, Argentina; Lic. Lucía Allende, Argentina; Mtro. Jorge Luís Ferrari, Argentina; Mag. Guisella Steffen Cáceres, PIP, Chile; D. Carlos Villacampa Orús, APFS, España; Psic. José Manuel Aguilar Cuenca, España; D.  Alejandro Heredia Ávila, AMPFS, México; Psic. Margarita Montes de Oca Colín, AMPFS, México; Lic. Ignacio Naredo Villagrán, PPS, México; Psic. Nelson Zicavo Martínez, Uruguay.

Conclusiones

Como sabemos, los códigos civiles son el fundamento legal para cualquier sociedad y estos deben ser reformados, a través del tiempo, para adaptarse a los cambios relacionados con la familia, personas, costumbres, etc., en este sentido reconocemos que en una familia, ambos padres tienen derechos y obligaciones en beneficio de sus hijos.

Las leyes son perfectibles y por tal razón debemos estar siempre atentos  a los planteamientos de los magistrados, doctores, investigadores y demás especialistas en la materia, nacional e internacional que nos permitan nutrir lo ya obtenido como elementos que den seguridad a nuestros hijos y buscar la  unificación de criterios que eviten la violencia familiar y maltrato infantil.

El ejemplo de México en donde las máximas autoridades judiciales se han hecho eco del reclamo de los padres para que no se prive a los hijos del derecho de mantener el vínculo con ambos padres, felicitando a su estructura judicial por su preocupación por mantenerse cerca y en dialogo permanente con la sociedad a fin de responder mejor a sus demandas.

 

En fin, hay muchísimo de qué hablar, seguramente esta "Asociación Mexicana de Padres de Familia Separados, A.C., que copatrocinó este evento con la ayuda y respaldo del ciudadano Presidente de este Tribunal Superior de Justicia, Magistrado José Guadalupe Carrera Domínguez, aportarán un sinnúmero de cuestiones que entre todos los aquí firmantes, podríamos especular en nuestras propuestas, en base a los diferentes temas tratados en las conferencias, ponencias e intervenciones, labor que ha sido muy destacada.

 

Asimismo, realizar la Declaración de México 2006, fue uno de los principales propósitos de los participantes de este Primer Congreso Internacional de Familia.

 

Consideramos que los acuerdos de esta Declaración conjuntamente con las de Langeac (Francia) 1999 y la de Santiago (Chile) 2004, tengan como objetivo principal sensibilizar y hacer del conocimiento a todas las personas interesadas para que reflexionen, ejerzan sus derechos y se beneficien de ellas, promover su difusión mundial y dar seguimiento a su contenido.

 

Se podrán indicar algunas reservas ó recomendaciones, respetando la opinión de cada autor y puedan incluirse en la próxima Declaración del país sede, especificando si son para ser aplicadas para el ámbito local ó universal.

 

Recinto del Tribunal Superior de Justicia,

 Ciudad de México, Distrito Federal a 11 de agosto de 2006.

 

viernes, abril 25, 2008

Violencia doméstica

Ideología vs. datos - He aquí el dilema político de la violencia doméstica: o bien se aceptan de entrada determinados postulados ideológicos como si fueran un dogma revelado, o bien se estudia objetivamente la realidad de la violencia y, sobre la base de los resultados obtenidos, se elaboran las políticas y legislaciones pertinentes. El Estado español, con independencia del partido que gobierne, ha optado hasta ahora por el primer enfoque, por la verdad revelada, es decir, ha profesado el dogma de que la violencia doméstica es perpetrada en exclusiva por los hombres y sufrida únicamente por las mujeres y, en consecuencia, ha formulado las políticas y adoptado las medidas legislativas necesarias para combatir esa violencia dogmáticamente masculina.

Para dar una supuesta cobertura "científica" a esas políticas y medidas, el Estado ha tomado como referencia los resultados de un único instrumento (la Macroencuesta sobre la violencia contra las mujeres), cuya definición de violencia comprende básicamente actitudes psicológicas (insultos o amenazas, imposición de decisiones, insistencia sexual, desatención, desprecio, ironía, etc.), y que, por encima de todo, incurre en un fallo que quita todo valor sociológico a sus conclusiones: en efecto, la Macroencuesta, en sus diversas ediciones, sólo se ha aplicado a la población femenina. Científicamente, la Macroencuesta es un fraude.

En cambio, se cuentan ya por cientos los estudios sobre violencia en la pareja que registran niveles similares de conflictividad para ambos sexos. En el llamado Informe 111 se recopilan y analizan los resultados de 111 estudios de ese tipo, que, en conjunto, registran porcentajes ligeramente superiores de iniciación y  perpetración de la violencia por parte de las mujeres, e igualmente porcentajes algo superiores de lesiones sufridas por ellas, en correlación con su menor masa corporal (equivalente, como promedio, al 75% de la masa corporal de los hombres). Como se indica en ese informe, las políticas basadas en el enfoque unidireccional (hombre perpetrador/mujer víctima) obedecen más a ideas preconcebidas que a datos objetivos, desconocen la mitad del problema, y crean sentimientos de desamparo institucional (en el hombre) y de impunidad y prepotencia (en la mujer) que contribuyen a recrudecer el ciclo de la violencia y propician sus formas más extremas.

En cuanto al maltrato infantil, también los datos se alejan de los estereotipos, ya que ese maltrato es perpetrado sobre todo por la madre (ver Informe Iceberg, anexos 17 a 20-2, o los siguientes gráficos del US Department of Health and Human Services, correspondientes a 2002, 2003, 2004 y 2005).

ENLACES DE INTERÉS

El modelo bidireccional: algunos estudios y textos

·  Informe Fiebert (1997-2005) (Martin S. Fiebert) [1]

·  De lo personal a lo político (Erin Pizzey)

·  No más guerra (Erin Pizzey)

·  Si su hombre supiera (Warren Farrell)

·  Proyecto ACTIVA (Organización Panamericana de la Salud, 1999)

·  Violencia prematrimonial (Aguirre y García, 1996) [2]

·  Estudios sobre violencia familiar de Arístides Vara Horna

·  Violencia familiar en 2.934 familias de Huancayo (Arístides Vara Horna)

·  Physical and psychological aggression in [...] spanish university students (conclusiones en español)

·  Dominance and Symmetry in Partner Violence (Murray Strauss, 2006) [3]

·  Using Johnson's domestic violence typology to classify... (2004) [4]

·  Sex differences in aggression between heterosexual partners (John Archer, 2000) [5]

·  Sex differences in physically aggressive acts (John Archer, 2002) [6]

·  The gender paradigm in domestic violence research and theory (Dutton y Nichols) [6] 

·  The Missing Persons of Domestic Violence (Richard Gelles, 1999) [7]

·  "Behind the Closed Doors" (Straus, Gelles y Steinmetz) (.pdf, 8,48MB) [8]

El modelo unidireccional: algunos ejemplos

Custodia responsable y custodia rentable

 

 

Básicamente, existen dos modelos de custodia de los hijos tras la separación o el divorcio de los padres.

El primer modelo o custodia exclusiva, que es el predominante en España, se organiza del modo siguiente:

los niños se quedan al cuidado de la madre, y el padre pasa a ser un mero "visitante" de sus hijos, con los que puede convivir cuatro días al mes y la mitad de las vacaciones escolares;

la vivienda familiar, con todos sus enseres, pasa a ser vivienda de la madre y los hijos;

el padre es expulsado de la vivienda familiar; no obstante, si la vivienda está hipotecada, el padre deberá seguir pagando, como mínimo, la mitad de la hipoteca hasta su extinción;

el padre queda obligado a pagar a su ex mujer, bajo pena de prisión, la pensión correspondiente al mantenimiento de los hijos (pensión alimenticia), sin poder ejercer ningún control sobre el uso que se haga de esa pensión; la pensión alimenticia se calcula en función de los ingresos del padre, no en función de los gastos reales de los hijos, por lo que en muchos casos, el saldo sobrante a favor de la madre puede ser muy elevado;

con frecuencia, la madre percibe una pensión compensatoria, sobre todo si tiene hijos a cargo que hacen teóricamente más difícil la compaginación de sus cuidados y la vida laboral; la nueva legislación sobre divorcio tiende a reforzar las pensiones compensatorias de carácter vitalicio;

el "activo familiar" (hijos, vivienda y buena parte de los ingresos del padre) queda bajo control de la madre, que es también la única que, en la práctica, puede adoptar decisiones sobre la educación y crianza de los hijos y cuya situación de prepotencia puede dar lugar, en muchos casos, a todo tipo de extorsiones y chantajes sobre el padre.

Este es el modelo de custodia exclusiva predominante, claramente favorecedor de los intereses económicos de la madre a expensas del bienestar emocional de los hijos y previo expolio material y afectivo del padre. Es la custodia rentable.

El segundo modelo o custodia compartida, que lleva muchos años funcionando satisfactoriamente en otros países, pero que es rarísimo en España y, según parece, lo será aún más en el futuro, se organiza del modo siguiente:

tras la separación o el divorcio, ambos padres siguen compartiendo por igual todos los derechos y obligaciones respecto de sus hijos;

en principio, los padres establecen en privado o en una instancia previa al tribunal (mediación familiar) las condiciones de la vida familiar tras el divorcio, en particular el régimen de convivencia con los hijos, y presentan ese acuerdo al juez para su ratificación;

a falta de acuerdo entre los padres, el juez impone el régimen de convivencia con los hijos que considere más adecuado en las circunstancias de cada caso, pero siempre tomando como base el principio de que el interés del niño requiere el régimen de convivencia más amplio posible con ambos progenitores;

las modalidades de ese régimen de convivencia pueden ser muchas, dependiendo de las circunstancias personales y profesionales de los progenitores; a veces, ni siquiera requerirán que los niños cambien de domicilio;

el régimen de pensiones se suprime y se sustituye por pagos directos de cada progenitor, salvo descompensaciones en la duración de los períodos de convivencia o acuerdo económico entre las partes; en su caso, el usufructo de la vivienda por uno de los progenitores pasará a ser un elemento más del acuerdo privado o del régimen económico pactado por los padres o establecido por el juez.

Este segundo modelo de custodia compartida reduce la litigiosidad entre los progenitores, ya que ninguno de ellos tiene nada que ganar o perder en un proceso que favorece la estabilidad emocional de los hijos y dignifica el divorcio. Es la verdadera custodia responsable.

Por otra parte, la aplicación sistemática por los tribunales del principio del "progenitor más idóneo" a favor de la madre carece de justificación si se tienen en cuenta los resultados de los estudios sobre maltrato infantil en el hogar -incluidos los realizados en España-, que coinciden en atribuir a la madre biológica las cifras más altas de ese tipo de maltrato. Además, según esos estudios, al pasar de la familia tradicional a la familia monoparental (de progenitor femenino en porcentajes superiores al 85 por ciento de los casos), el riesgo de maltrato aumenta drásticamente para el niño (por ejemplo, en el caso español, hasta 16,9 veces).


Custodia compartida

Custodia compartida no significa, como pretenden algunas interpretaciones interesadas, reparto en dos mitades exactas del tiempo de convivencia de los hijos con cada uno de sus progenitores; interpretación que suele ir seguida de la muletilla infalible: "los hijos no son maletas que van y vienen, etc." Pues claro que no son maletas. Pero tampoco deben ser rehenes en manos de una de las partes para extorsionar a la otra, ni piezas de convicción en una falsa denuncia, ni trofeos de una guerra entre sus padres, ni huérfanos por decisión judicial.

Por custodia compartida tras la separación o el divorcio debe entenderse la participación de ambos padres en la vida de sus hijos del modo más razonable y beneficioso para todos en función de las circunstancias de cada caso. Es un reparto equitativo de derechos y obligaciones, no un reparto exacto del tiempo. Ni siquiera requiere siempre el cambio periódico de domicilio de los hijos, ya que puede haber otras fórmulas (véanse, por ejemplo, las indicadas en el Informe Reencuentro (página 15).

Nuestro modelo ideal de situación familiar tras el divorcio prevé la custodia compartida "por defecto" o como opción preferente, a reserva de otros acuerdos entre los padres. Al igual que se hace en algunos estados de los Estados Unidos, el primer escalón de ese modelo ideal sería el plan de coparentalidad, establecido sobre una plantilla común (ver ejemplo) plenamente ajustada a la legalidad, firmado por ambos padres y ratificado por el juez. A falta de acuerdo entre las partes sobre ese plan de coparentalidad, el juez requeriría la intervención del mediador y, si tras esa intervención persistiese el desacuerdo, impondría su propio plan de coparentalidad con arreglo a los principios establecidos en la ley para garantizar el contacto frecuente y continuo del niño con ambos padres.

Según una encuesta Gallup, el 85% de la población española es favorable a la custodia compartida. El régimen de custodia compartida como modalidad preferente sería un poderoso desincentivador de los conflictos en el divorcio, ya que ninguno de los dos progenitores tendría nada que ganar con la confrontación. Claro está, a condición de que antes se derogase la legislación sobre violencia de género, que convierte el hombre en presunto culpable ante cualquier denuncia falsa y tiene efectos fulminantes sobre sus derechos como padre.

ENLACES DE INTERÉS

Algunos textos básicos

Maltrato infantil por sexos y tipos de hogar

Síndrome de Alienación Parental

Legislación y jurisprudencia

  Caso "Sommerfeld contra Alemania" (Sentencia del TEDH, 2003) [8]

  Caso "Koudelka contra la República Checa" (Sentencia del TEDH, 2006) [9]

  Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia

  Sentencia 4/2001 del Tribunal Constitucional

  Sentencia 8/2005 del Tribunal Constitucional

  Recopilación de sentencias (Sitio web Canaletas-Gadir)

  Una sentencia pionera

  Legislación italiana sobre custodia compartida (en la web de Catalunya Proposa)