lunes, marzo 17, 2008

De la falsedad "femenina" y sobre mujeres patologicamente falsas

 
Por Miguel Ángel Gallardo Ortiz, Criminólogo, en http://www.cita.es/conmigo
Página publicada en http://www.cita.es/falsas
 
Dedicado a la única mujer que, tal vez, sea capaz de mentir por mí
Ella sabrá la razón, pero yo se lo agradezco así.

La Criminología, entendida como ciencia multidisciplinar que se ocupa del crimen, el criminal, los escenarios criminales, motivaciones o causas criminógenas y de la víctima (victimología) demuestra, por medio de la estadística descriptiva, y por su análisis racional, que ciertos delitos tienen puntos y momentos de acumulación, y tendencias, que evidencian una fenomenología muy compleja, y más aún desde una perspectiva de género, pero cuyo estudio, siempre que hay un presunto delito, o la intención de cometerlo, es imprescincible. El Derecho ha de garantizar la igualdad, mientras que la Ciencia debe de ocuparse de las diferencias, también entre el Hombre y la Mujer, especialmente en sus aspectos delictivos y patológicos (psicopáticos y sociopáticos). La Criminalística, entendida como técnica instrumental específica de la Criminología, debe medir y estimar estadísticamente cuanto deba de ser observado para su diagnóstico, pronóstico y tratamiento eficaz. Eso es lo que se pretende en lo que sigue sobre la "falsedad de género ".

La historia de la criminalidad evidencia naturalezas, motivaciones y tendencias muy distintas en el hombre y la mujer. Es difícil imaginar a una mujer haciendo el gamberro hasta el vandalismo más violento por un equipo de fútbol que pierde un partido, pero tampoco resulta fácil imaginar a un hombre envenenando hábilmente, o mintiendo mientras llora, casi artísticamente, en una comisaría de policía al presentar una denuncia falsa, pero muy eficaz. Eso no significa que no haya forofas peligrosísimas, ni hombres querulantes, porque sabemos bien que existen. Sin embargo, la criminología de cada delito históricamente evidencia unas pautas de conducta, unas intenciones, y unos "modus operandi", muy distintos en hombres y mujeres, cualquiera que sea su clase, condición, formación, entorno o "status" social.

La gran ventaja del enfoque criminológico en materia tan sensible es que la Criminología nunca se equivoca. Los que nos equivocamos, casi siempre, somos los aprendices de criminólogos, que a veces ingenuamente nos proponemos comunicar todo lo comunicable, pero en ocasiones lo comunicado no es un conocimiento científico, sino sólo una aplicación más o menos afortunada de un conocimiento que aspira a ser científico. El peor de los errores es creer que se ha acertado científicamente alguna vez, y el mayor de los aciertos, y el mejor mérito científico, consiste en estudiar sin descanso cada error, y sobre todo, cada ignorancia, empezando por la propia. Los sabios son conscientes de lo que no conocen, y los hombres (o las mujeres) que hemos tenido la suerte de conocer a algún sabio, sabemos que no sabemos casi nada de las mujeres, por mucho que nos gusten e interesen (de hecho, cuanto más nos gustan, y más nos interesan, más nos equivocamos con ellas, por ellas o para ellas).

En lo que sigue trataremos de enfocar la atención sobre la fenomenología de la criminalidad femenina relacionada con la falsedad, definiendo, dividiendo y relacionando conceptos y datos para hacer una interpretación que pueda ser especialmente útil a las víctimas de la falsedad femenina, y de las mujeres patológicamente falsas. En muchos casos, son las mujeres las que antes detectan las patologías de otras mujeres, y lo hacen con más precisión y certeza que los hombres.

Se equivocarán quienes crean que este análisis es simplemente machista, o antifeminista. El feminismo, entendido como movimiento liberador, puede y debe ser apoyado incluso por las víctimas de la peor falsedad femenina. El problema no es el feminismo, sino lo que se comienza a denominar como "hembrismo" entendido como un movimiento sometedor que practican clanes de mujeres, a veces con estructuras y conductas sectarias. Una de las armas del hembrismo es la falsedad diferenciadamente femenina orquestada que deja al hombre desorientado y vagabundo con su credibilidad destrozada. Pero antes de poner apellidos a la falsedad, debe definirse y circunscribirse, en este caso, a cuanto puede tener graves consecuencias judiciales, y también profesionales y económicas.

El Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua nos precisa sobre la falsedad (Del lat. "falsĭtas, -ātis" 1 Falta de verdad o autenticidad. 2. f. Falta de conformidad entre las palabras, las ideas y las cosas.  3. f. Der. Delito consistente en la alteración o simulación de la verdad, con efectos relevantes, hechas en documentos públicos o privados, en monedas, en timbres o en marcas) y lo falso (Del lat. "falsus", 1. adj. Engañoso, fingido, simulado, falto de ley, de realidad o de veracidad. 2. adj. Incierto y contrario a la verdad. Citas falsas. Argumentos falsos. U. t. c. s. 3. adj. Dicho de una persona: Que falsea o miente... ). Aristóteles filosóficamente venía a considerar verdadero "decir que es lo que es" y que "no es lo que no es", y a lo "falso" dedica el Capítulo 29 del Libro V de la Metafísica que empieza por considerar varios sentidos y combinaciones, y acaba por dejar una gran incertidumbre sobre lo que es mejor o peor en lo relativo a la moral. Aristóteles se inspira claramente en el ingenioso diálogo de Platón Hipias Menor en el que Sócrates depura y destila las más puras esencias de la veracidad con las que neutralizar inteligentemente a la mendacidad, pero sin que esa habilidad fuera suficiente para evitar que prosperasen las acusaciones de Meleto en su propio juicio, según se narra en la Apología de Sócrates .

El Código Penal vigente en España desde 1996 dedica el artículo 456 a la denuncia falsa , el 457 a la simulación de delitos, y el Capítulo VI (artículos 458 y siguientes) al " falso testimonio ", del que cabe destacar la sutileza del artículo 460 aplicable  "Cuando el testigo, perito o intérprete, sin faltar sustancialmente a la verdad, la alterare con reticencias, inexactitudes o silenciando hechos o datos relevantes que le fueran conocidos, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses y, en su caso, de suspensión de empleo o cargo público, profesión u oficio, de seis meses a tres años". Tanto las denuncias falsas, como las simulaciones de delitos y los falsos testimonios son delitos contra la Administración de Justicia, y por lo tanto, son delitos públicos, perseguibles de oficio por el fiscal.

Las memorias de la Fiscalía General del Estado dan muy poca información sobre esta criminalidad, y hasta donde es posible conocer y suponer, en ningún caso ofrece ni un solo dato que permita diferenciar los delitos presuntamente cometidos por hombres, de los cometidos por mujeres. Únicamente pueden encontrarse en unos anexos muy difícilmente manejables unos datos muy dudosos sobre diligencias previas por delitos contra la Administración de Justicia distribuidos por provincias de manera bastante desigual, y sin explicación alguna. Este criminólogo tiene la peor opinión que el poder judicial permita (y también es muy crítico con la estupidez de algunos destacados miembros del poder judicial que no permiten la crítica) sobre la pereza, incapacidad y falta de motivación de la fiscalía, y en varios casos, de la inaceptable conducta de algunos fiscales concretos, y de la casi mística inspección de la Fiscalía (ciertos fiscales inspectores han demostrado ser absolutamente incapaces de acusar, o siquiera de sospechar que podría ser bueno instruir un expediente aunque sólo fuera informativo, a ningún fiscal por evidentes que fueran las pruebas contra la supuesta inteligencia, integridad, disponibilidad, competencia y capacidad de algún fiscal que no merece serlo), para el estudio de la falsedad en España, y aquí también se hace pública la acusación a la Fiscalía General del Estado en sus propias memorias, demostrable con todo rigor matemático, según se denuncia en http://www.cita.es/denuncia/fiscal

La criminología estudia indirectamente los crímenes que no son denunciados que constituyen la llamada "cifra negra " mediante encuestas de autodenuncia e informes de victimización. Por una parte, la pregunta ¿ha mentido Vd. alguna vez en algún juzgado o tribunal?, y por la otra ¿ha sido perjudicado alguna vez por alguna falsedad en procedimientos judiciales? tienen respuestas muy dificilmente comprobables, y evidentemente, los desajustes entre confesiones y acusaciones en materia de falsedad hacen fascinante, casi hasta la intoxicación informativa, casi todo lo que pueda enfocarse en este ambicioso estudio. Los operadores jurídicos (abogados, procuradores, y especialmente los traductores y peritos más conscientes y comprometidos con la veracidad) son testigos, a veces demasiado pasivos, de la sistemática indiferencia de jueces y fiscales ante la falsedad judicial más descaradamente cínica, de la que puede resultar carísimo hablar. Lo desconocido inquietantemente protegido por pretextos y amenazas legales es, precisamente, lo más fascinante que la Criminología, la "buena Criminología", pueda plantearse.

El que no haya datos oficiales (ni voluntad política para elaborarlos) sobre la distribución por sexo de ciertos delitos no impide suponer que existe una realidad dual con dos perspectivas muy distintas, y motiva para indagar en los elementos diferenciales entre los delitos de falsedad presuntos, en instrucción judicial, en juicio, o con sentencia más o menos firme, distinguiendo entre sexos de autores, y sexos de víctimas. Los sondeos realizados en bases de datos jurídicas animan a profundizar en estos estudios, pero sin precipitarse en sus conclusiones. Como decía Aristóteles, el hombre prudentemente sabio no dice nunca todo lo que piensa, pero siempre piensa todo lo que dice.

Una vez definida parte de la gran incertidumbre existente en la doctrina legal sobre la "falsedad de género", invitando a referenciar jurisprudencia que, en el sentido metodológico, discrimine sobre autorías y víctimas de falsedades según su sexo, aparece un abismo mucho mayor, y más peligroso, para abordar el estudio de las tendencias y "modus operandi" de cada sexo en relación a la falsedad imputable legalmente .
 
Entre la "femininidad" más seductora y zalamera hasta el "feminismo" más reivindicativo y radical hasta ejercer una cierta "violencia judicial" (entendida como la coacción legal a sabiendas de la falsedad de la acusación, o de que no se imputa un delito, sino una responsabilidad civil como máximo) sometiendo a la "pena de banquillo" al macho a someter, existe un amplio espectro de perfiles, conductas, actitudes y aptitudes femeninas para la mentira en el ámbito judicial. Este espectro no es paralelo al que cabe suponer que representaría a la falsedad masculina en sedes judiciales. En los juzgados y tribunales, en términos de estimación estadística para la categorización rigurosa que evita los tópicos fáciles, las mujeres y los hombres mienten cuantitativa y cualitativamente de maneras significativamente distintas. Las comparaciones pueden llegar ser auténticamente odiosas, pero son necesarias para contrastar la(s) fenomenología(s) de la(s) falsedad(es) por sexo(s).

Un interesante libro titulado Porqué los Hombres no escuchan y las Mujeres no entienden los mapas dedica su segundo capítulo ("Tiene mucho sentido") a la observación y análisis de las diferencias psico-senso-perceptivas y dentro de él hay dos apartados de particular interés en este punto. El primero ("Porqué las mujeres tienen un sexto sentido") da una perspectiva histórica a la habilidad femenina para predecir el destino de una pareja, para descubrir a mentirosos, para comunicarse con los animales y descubrir la verdad (al menos, algunas verdades que a las mujeres les interesan, y tal vez a los hombres no tanto). El segundo se resume espléndidamente en su título: "Porqué los hombres no le pueden mentir a una mujer ".

Las diferencias cognitivas entre hombres y mujeres han sido investigadas científicamente con gran profundidad y siempre discutibles resultados, pero no que existan ciertas importantes diferencias. Una de las principales referencias mundiales en el estudio es la profesora Doreen Kimura, de la Simon Fraser University, BC, Canada que publicó "Cerebro de varón y cerebro de mujer" en la revista Investigación y Ciencia , de Noviembre de 1992. El artículo da lugar a una controversía racional sobre la "discriminación positiva" y prueba experimentalmente "diferencias" neurofisiológicas entre hombres y mujeres. El último trabajo publicado 12 años después por Doreen Kimura "Human sex differences in cognition: fact, not predicament" publicado en Sexualities, Evolution & Gender, 2004, 6, 45–53 concluye, literalmente, que "Sex differences in cognition are not trivial nor have the most salient differences declined over the last three decades. There is compelling evidence that sex hormones are a major influence in the organization, and perhaps the maintenance, of cognitive sex differences. Anatomical brain differences are also well established, though we have yet to associate these firmly with the cognitive sex differences. While it is reasonable to question the specifics of the traditional hunter-gatherer evolutionary schema, it is argued that it remains valuable in providing a paradigm for understanding human sex-differentiated behaviour, since it is capable of generating hypotheses that can be tested" . Su lectura viene a demostrar, por evidencias multidisciplinares, que el (des)equilibrio hormonal condiciona el comportamiento, y por lo tanto, también el proceso cognitivo, y que éste es distinto en el hombre y la mujer. Sobre esta incontrovertible diferencia endocrinológica concurren otras diferencias estructurales y fisiológicas de los cerebros masculino y femenino, aunque no se hayan asociado todavía con las diferencias cognitivas que tal variedad de diferencias provoca. Por último, la división del trabajo y la evolución social permite comprobar científicamente hipótesis sobre el diferente comportamiento del hombre y la mujer, incluyendo, como se está proponiendo aquí, la actitud hacia la verdad, y hacia la veracidad, y más concretamente, hacia la falsedad.

Para conocer profundamente la fenomenología de la falsedad hay que conocer la teoría del conocimiento. Kant decía, hacia el final del prólogo a la segunda edición de su Crítica de la Razón Pura, que el conocimiento de las cosas pasa por conocer las formas que tenemos de conocer. En esta pretensión de "conocer cómo conocemos", y "cómo podemos conocer " (científicamente), la fenomenología criminológica de género puede ocuparnos, y preocuparnos, hasta límites insospechados por los jueces (y por las jueces o juezas, como ellas prefieran). Kant distingue muy bien en su Lógica al definir los " , - Paralogismos , -Sofismas . Llámase raciocinio delusorio (fallacia), a aquel que es falso en cuanto a la forma, aun que parece legítimo. Este raciocinio es un paralogismo cuando nos engañamos a nosotros mismos, y sofisma si se intenta engañar a los demás". Cuando ciertas mujeres falsean la realidad, es realmente difícil distingur entre sus Paralogismos , y sus Sofismas . Es muy interesante poder llegar a hablar con mujeres cultas sobre la diferencia entre uno y otro, y sobre su opinión de la falacia femenina.

Uno de los primeros problemas de la buena observación es el observador mismo, y cómo se observa a sí mismo. Es metafísicamente imposible que un fenómeno de género pueda ser observado de igual manera por un hombre, que por una mujer, con independencia de cuál sea el fenómeno de género observado. Eso no significa que no haya minorías de hombres que puedan observar u opinar como la mayoría de las mujeres, ni a la inversa, que no pueda haber minorías de mujeres que no puedan observar u opinar como la mayoría de los hombres, y por supuesto, tampoco significa que un@s u otr@s sean más o menos masculin@s o femenin@s  Pero las asimetrías, y más aún, los buenos análisis de asimetrías de observadores y observados son extraordinariamente útiles para el observador consciente de que lo es, y también de que es observado. Quizá este razonamiento no sea suficiente para disculpar al (mal) observador, pero al menos evidencia su intención, una vez más, de pedir disculpas así.

Por lo general, lo mucho que conocen las mujeres de la falsedad de los hombres contrasta con lo poco que conocen los hombres de la falsedad de las mujeres. Para una mujer inteligente es relativamente fácil conseguir la confesión o la compensación por una falsedad masculina. Sin embargo, un hombre no menos inteligente se defiende con torpeza de la falsedad femenina, muchas veces de manera contraproducente para sus propios intereses, como si estuviera en unas arenas movedizas en las que se hunde más cuanto más hace por tratar de salir de ellas, o atado por un nudo corredizo que le aprieta más cuanto más hace por liberarse de él, o en los juzgados, resultando mucho menos creíble cuanto más hace por intentar demostrar la falsedad de una mujer. Quizá haya que profundizar, y hacer profundizar a las instituciones, en los más legítimos medios de defensa del hombre contra la falsedad de las mujeres, como ya se ha hecho en la merecida instrumentación, y a veces, en la peligrosa instrumentalización, de otros derechos de defensa que más han requerido las mujeres.

No es posible un enfoque ingenuo, ni es decente otra visión frívola, de la falsedad, masculina o femenina, y peor aún es hacer maliciosamente una acusación de falsedad cuando hay más veracidad en la otra parte. Para probar una mentira, hay que saber mentir. Platón describió maravillosamente, en La República 334 y páginas siguientes, la dificultad de distinguir entre los buenos amigos que no se ocupan o preocupan por parecer que lo son, y los malos enemigos que sí se preocupan y ocupan por parecer buenos amigos, sin serlo (un mal amigo es peor, mucho peor, que un buen enemigo, y en cualquiera de los casos, la falsedad y el conocimiento cierto de lo que es o no falso, suele ser la clave para la amistad, y más aún para la enemistad). Más difícil aún es distinguir a una mujer ignorante de otra que inteligentemente disimula su propia inteligencia para parecer más creíble en su inteligente falsedad, bien camuflada de falsa desesperación. Y tanto una como otra suelen ser, en un juzgado, o en una comisaría de policía o en un cuartel de la Guardia Civil, muchísimo más peligrosas de lo que la mayoría de los hombres pueden serlo, por mucho que se lo propongan, al menos, cuando sólo cuentan con su palabra y una frecuentemente vulnerada "presunción de inocencia".

La mujer no suele mentir igual en perjuicio de un hombre, que cuando lo hace en perjuicio de una mujer. La inteligencia detecta a la inteligencia, por lo que una mujer inteligente no comete el error de utilizar su propia inteligencia en perjuicio de otra que va a saber defenderse, e incluso atacar, con armas parejas. La falsedad más inteligente busca la asimetría, y la debilidad, incluso hasta provocar y aprovechar la indefensión del contrario.

Algunas mujeres tienen un mérito extraordinario al denunciar la falsedad de otras mujeres sin tener especiales simpatías por sus víctimas. Son frecuentes los casos en los que un hombre se muestra en toda su debilidad frente a una mujer cuando se confiesa impotente ante otra a la que pide ayuda para defenderse. Las abogadas más capaces conocen bien este fenómeno. Pero es mucho mayor el mérito de la mujer que, sin ser abogada, ni estar directa o indirectamente interesada en un juicio, ofrece su información, y su criterio interpretativo siempre superior, al hombre que desesperadamente lo necesita.

La objetividad, necesariamente, ha de ser altruista y abnegada, especialmente cuando se trata de detectar, denunciar, probar y enjuiciar la falsedad. Si se trata de una falsedad de género, ni los hombres por ignorantes, ni las mujeres por identificables, pueden ser completa y absolutamente objetivos. Pero las víctimas no tienen la obligación de ser objetivas, sino sólo de ser veraces. Y quienes trabajamos para víctimas de falsedades judiciales, siendo veraces, también tenemos que ser eficaces al mismo tiempo que prudentes, para tratar de objetivizar evidenciando los indicadores de falsedad. Sin embargo, es la ausencia de indicadores lo que puede ser más sospechoso. En su obra Breve historia de la mentira de Ulises a Pinocho María Bettetini aborda una apasionante tarea en la que parece haberse olvidado por completo de la mujer, y de todas las mujeres que alguna vez han mentido, como si la mentira fuera sólo algo propio de los hombres que posiblemente no hayan mentido más, sino que es evidente que lo han hecho peor, porque además de haber sido descubiertos, han pasado a la Historia como los grandes mentirosos. Si una mujer hubiera sido descubierta así, probablemente hubiera disimulado mejor, y las consecuencias no serían tan escandalosas. Las grandes mentiras femeninas no son recordadas, precisamente, por la habilidad con la que se conciben, se ejecutan, y se ocultan eternamente.

Las falsedades más difíciles de combatir son las que parten de la convicción de quien las vive como si fueran ciertas. Nunca sabremos cómo era Mario, pero en Cinco horas con Mario llegamos a intimar con el personaje que magistralmente representó Lola Herrera permitiéndonos comprender lo más profundo de la psicología femenina, según lo percibe y describe su autor, Miguel Delibes.

El síndrome de Münchhausen es el trastorno de fabulación más conocido clínicamente. Se caracteriza por mentiras patológicas y una conducta errante, de hospital en hospital, fingiendo una enfermedad física inexistente. Se hace enloquecedoramente insoportable cuando lo padece una mujer inteligente y realmente querida por varones próximos (marido, hijos, padre, hermanos, amigos, compañeros de trabajo y al final, indefectiblemente médicos, enfermeros y posiblemente, también abogados con los que demandarles civilmente, o acusarles penalmente). Entre la falacia y la fabulación hay todo tipo de brotes de la falsedad fértil.

Hay mentiras de segunda generación, o inducidas, posiblemente mucho más peligrosas que las simples y directas. La mujer, por lo general, no sólo sabe mentir mejor, sino que también hace mentir mucho más sutil, y más hábilmente. Es difícil que un hombre logre su propósito si trata de persuadir a una mujer de que mienta por él. Sin embargo, es tan frecuente que una mujer haga mentir a un hombre, que casi pasa desapercibido. Estas falsedades inducidas llegan a tener consecuencias judiciales auténticamente dramáticas. Más aún cuando se orquestan perversa y maliciosamente en confabulaciones hembristas de mujeres con inteligencia, poder, influencia y recursos económicos. Para enfrentarse eficazmente a ellas, toda la ayuda es poca y siempre nos damos cuenta demasiado tarde, y demasiado solos.

Referencias de otras páginas de Internet:
Denuncias falsas en http://www.cita.es/denuncias/falsas
Manual para el recién acusado en http://www.cita.es/acusado
Pruebas de falsedad en http://www.cita.es/para/probar/falsedad
Doctrina sobre la falsedad en España en http://www.cita.es/falsedad
Legislaciones sobre la falsedad judicial en http://www.cita.es/falsedades
Catálogo de pruebas periciales en http://www.cita.es/para/probar
Falsedad en documentos electrónicos en http://www.cita.es/digital
Estilemas - estilemática - estilometría - estilómetro en http://www.cita.es/estilema
Traducción de falsedades y falsedad en la traducción en http://www.cita.es/traducir/falsedad
Presentación del proyecto de " Asociación para la Veracidad Judicial (AVJ) " en http://www.cita.es/veracidad
Último borrador de Estatutos   publicado en http://www.cita.es/veracidad/estatutos

Para completar este texto agradeceré que se visite y se invite a visitar después de haber leído también la página de Internet http://www.cita.es/contribuciones

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Miguel Ángel Gallardo Ortiz , E-mail: miguel@cita.es
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