Cambio radical en el juicio por el cambio del turno de custodia de un menor para salir en una procesión
EL PAÍS - Granada - 05/10/2011
La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana. El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.
Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".
Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo. El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación. La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.
EL PAÍS - Granada - 05/10/2011
La Fiscalía ha modificado esta mañana sus conclusiones provisionales y ha pasado de pedir diez años de inhabilitación para el juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por supuesta prevaricación a solicitar su libre absolución en el caso de la ampliación del turno de custodia de un menor para garantizar su salida en una cofradía de la Madrugá sevillana. El juez defendió al inicio de la vista que su actuación no causó daño.
Según ha señalado el representante del ministerio público en la última sesión del juicio que se sigue contra el magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el titular del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla debería haber realizado pruebas antes de dictar su resolución.
Según el fiscal, el juez actuó de una manera "imprudente o negligente", toda vez que "obvió sin la suficiente consistencia la realización de algunos elementos de prueba como la audiencia del ministerio fiscal, de la madre e, incluso, del padre".
Sin embargo, la fiscalía no considera ninguno de los hechos como constitutivos de delito, por lo que ha dejado el caso en una situación totalmente distinta a la de su comienzo. El fiscal cree ahora que si hubo un comportamiento reprobable fue por dolo, pero en ningún caso prevaricación. La Audiencia de Sevilla ya se posicionó a favor del magistrado.
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