lunes, noviembre 29, 2010

Juez Serrano cree que retirada custodia maltratadores generará más violencia.

A Coruña, 27 nov (EFE).- El titular del Juzgado de Familia nº 7 de Sevilla, Francisco Serrano, uno de las voces más críticas contra la Ley de Violencia de Género, ha censurado esta mañana la propuesta del Gobierno de retirar la custodia a los maltratadores ya que, en su opinión, esta medida provocará "más violencia" y "más muerte".
 
"Esto puede generar auténticas aberraciones e injusticias", ha afirmado en declaraciones a Efe antes de participar en el VIII Encuentro de Padres, Madres y Profesionales, que se celebra hoy en el localidad Oleiros (A Coruña).
 
El juez Serrano, a quien el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió un expediente -finalmente archivado- por sus declaraciones contra la Ley de Violencia de Género y por supuesta incompatibilidad con la presidencia de una asociación, calificó de "huida hacia delante" las medidas impulsadas por el Gobierno.
 
Este impulsará la reforma del Código Civil para prohibir, en los casos de separación o divorcio, la posibilidad de atribuir la custodia de los hijos al progenitor incurso en un proceso penal por violencia de género.
 
"Una tarjeta roja para los maltratadores y otra para el Gobierno", reclamó.
El magistrado insiste en la necesidad de "reformar" y "delimitar" el concepto legal de maltrato para eliminar cualquier sesgo ideológico.
"De cada 100 asuntos más de 95 no son la violencia de género que se está vendiendo", explicó a Efe.
 
En su opinión, los casos de violencia de género requieren una evidencia de motivación machista, en el que el hombre domine a la mujer "sin el menor respeto por ésta", y no una simple discusión.
 
Por ello, el magistrado calificó de "integrista" y "fanática" la posición del Gobierno, al que ha acusado de intentar ganar el voto de los colectivos feministas impulsando unas medidas que vulneran el derecho de presunción de inocencia, generan situaciones de injusticias a los progenitores y perjudican a los propios hijos.
 
"Quieren apagar el fuego echándole más leña", sentenció. EFE 1011093

martes, noviembre 23, 2010

El pato Lucas ataca de nuevo


Pato

El denunciante exhibe una copia del artículo publicado en Alerta Digital

 
Remitido por Richard Solé.- Que como continuación de la noticia publicada el pasado 10 de noviembre cuyo titulo es: "El Pato Donald Ayuda a vaciar las cuentas de los padres separados……", ustedes, se preguntaran como puede ocurrir que se remitan DOCENAS DE TRANSFERENCIAS MENSUALES a una misma cuenta (oficina 0991 de "La Caixa"), con DOCENAS DE BENEFICIARIOS DISTINTOS, estamos hablando de las transferencias y/o ordenes de pago que han salido solo de una oficina bancaria de Caixa de Cataluña, hasta un total de 167 Transferencias.
 
          Que lo que desconocemos todavía son las que han salido de otra oficina bancaria de Caixa de Sabadell hacia las mismas oficinas anteriores, es decir, la misma oficina bancaria que emitía las transferencias recibía a su vez las órdenes de abono de la otra oficina.
Que en ningún momento, ninguna de las hasta 7 oficinas bancarias se han percatado del fraude, solo hasta que el administrador de la mercantil Centralimp, se dio cuenta, y en consecuencia solicitó la apertura de Diligencias Penales contra su ex secretaria. Las Cajas de Ahorro en contestación a las demandas judiciales, NEGARON TOTALMENTE LA TITULARIDAD DE LAS CUENTAS DE ABONO DE SU CLIENTE: EXSECRETARIA DE LA EMPRESA.
 
        En cambio en la Vía Civil, han tenido que reconocer que han efectuado el abono en la cuenta (de la ex secretaria), que le había notificado previamente la oficina emisora, como así ha reconocido expresamente la Caixa de Catalunya al efectuar parte la devolución de algunas transferencias.
 
        El Sistema implantado de Transferencias por las Cajas de Ahorro, NO CONTEMPLA NINGUN PROTOCOLO DE SEGURIDAD CON RESPECTO AL CAMPO DEL BENEFICIARIO, el MOTIVO NO ES OTRO que disponen de INFORMACION CRUZADA ENTRE LAS CAJAS, DE LA TITULARIDAD DE TODAS LAS CUENTAS DE TODOS LOS CLIENTES QUE TIENEN ENTRE ELLOS, a través de la aplicación de un NUMERO SECRETO asignado a cada cuenta abierta en cada oficina de cada entidad, NUMERO DESCONOCIDO PARA EL CLIENTE, pero solo para utilidad de las Cajas de Ahorro, según INFORME DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE CAIXA DE SABADELL.
 
          Informe que nos facilitaron de FORMA VOLUNTARIA, a través de un error INVOLUNTARIO de la Directora de la oficina de Caixa de Sabadell, además de RECONOCER LA FALTA DE APLICACIÓN DE TODOS LOS PROTOCOLOS DE SEGURIDAD IMPUESTOS EN LA NORMATIVA BANCARIA, más los que tienen pactados entre ellos a través del Sistema de Transferencias de la mercantil Iberpay, reconociendo además y determinando QUIEN DEBERIA (OFICINA BANCARIA) HACER FRENTE A LA DEVOLUCION DE LOS IMPORTES NO ABONADOS A LOS BENEFICIARIOS se pasan el "muerto" unas a otras.
 
          Que a pesar de todo ello, y teniendo en cuenta la DOCUMENTAL que obra en los Juzgados, para PODER RECUPERAR EL DAÑO PROVOCADO POR SU PURA Y DURA NEGLIGENCIA PROFESIONAL, el Administrador se tiene que ver abocado a iniciar una serie de Procedimientos Judiciales, para recuperar su propio dinero, paralelamente las oficinas bancarias le exigen que pague las DEUDAS CONTRAIDAS que utilizó para TAPAR EL AGUJERO NEGRO PROVOCADO POR ELLOS MISMOS.
 
          Esta y no otra es la REALIDAD DE NUESTRO PAIS, mientras todo son facilidades para los Bancos y Cajas para " SU" a través de juicios sumarios contra sus clientes (juicios rápidos), , en base a LA APLICACIÓN DE TIPOS DE INTERES DE USURA, superiores al 40,00%, y más, los FRAUDES que vienen apareciendo de "vez en cuando" en alguna oficina bancaria, producidos por los mismos Directivos de estas, o bien como los Contratos SWAFT o los Contratos de ALTO RIESGO, etc……
 
         El resto de los MORTALES, nos tenemos que acoger a la Virgen del Socorro, o disfrazarnos de Pato Lucas para ver si algún día nos dan la razón a pesar de que han reconocido su negligencia y nos devuelven lo SUSTRAIDO, para hacer frente a la OTRA BANDA, como son la Seguridad Social y la Agencia Tributaria, que no esperan a que tengamos la liquidez suficiente y nos EMBARGAN HASTA EL CHUPETE DEL CRIO.

lunes, noviembre 22, 2010

Las abogadas critican discriminación en el síndrome parental

20/11/2010 00:00 /

 
         Un libro editado por la asociación Abogadas por la Igualdad sobre la jurisprudencia dictada por los tribunales asturianos en relación al denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP) constata la discriminación que, a su juicio, sufren las mujeres en este tipo de situaciones.
 
         El volumen, presentado ayer, analiza las resoluciones judiciales comprendidas entre los años 2003 y 2009 que de alguna manera hacen referencia al término SAP, la supuesta manipulación de alguno de los progenitores para enfrentarlo a su ex pareja.
El estudio de las resoluciones judiciales constata, según la asociación de letradas, que en el tratamiento judicial de este "pretendido" síndrome, la terapia de la amenaza y la desprogramación se aplica de forma abrumadora y sistemática a las madres y de forma excepcional a los padres.
 
         Esta circunstancia evidencia, a su juicio, la discriminación que sufren las mujeres en este ámbito "y la utilización que de esta crueldad se está haciendo desde sectores involucionistas, para, en muchos casos perpetuar el maltrato".
Así, aseguran, cuando el SAP se diagnostica al padre no procede la aplicación de la "terapia de la amenaza" y no se suele modificar la guarda y custodia "ni siquiera atendiendo al interés de los menores" mientras que cuando es a la madre "se procede inmediatamente, a veces sin previo aviso".
 
        Por otra parte, el estudio constata que en el 85 por ciento de las resoluciones estudiadas donde consta la intervención del equipo psico-social o bien una pericial psicológica designada judicialmente, el tribunal sigue "fielmente" las recomendaciones recogidas en sus informes.
 
        De esta forma, el criterio, las indicaciones y pautas marcadas "se convierten en dogma de fe" que son plasmadas en sentencias "sin más razonamiento que el elaborado por los técnicos "sin una labor de valoración, ponderación de la prueba y análisis de las circunstancias de cada menor". Así un síndrome "no reconocido por la comunidad científica" no puede servir de base a sentencias